DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano CARLOS ARTURO CORREDOR GARCIA, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, cedula venezolana N° E 82260321, en contra de BLACK & DECKER DE VENEZUELA C.A ,Sociedad Mercantil de este domicilio, debidamente inscrito por ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el día 03 de agosto de 1964, bajo el N° 22-A En consecuencia se ordena a la parte demandada:
PRIMERO: Las Cantidades señaladas en la parte motiva de la presente decisión, más los intereses de prestaciones sociales, intereses moratorios e indexación.
SEGUNDO: Se ordena la cancelación de los intereses de mora de conformidad con el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, desde la fecha de finalización de la relación de trabajo señalada en la parte motiva de la presente decisión, hasta la fecha que se decrete la ejecución del fallo. Los intereses de mora se calcularán con .....