Este JUZGADO DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por el ciudadano LEONARDO ALBERTO GAZZOTTI LINARES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de identidad Nro. V- 6.112.718, contra la sociedad mercantil "MATERNO INFANTIL, C.A. (MATINCA)". Inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el N° 47, Tomo 47-A, en fecha 06 de agosto de 1968.
SEGUNDO: Se exonera de costas a la parte actora, de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo