Con base a los razonamiento antes expuesto este JUZGADO DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara Ley declara PRIMERO: SIN LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD alegada por la empresa PDVSA PETROLEO S.A. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JESUS MARIA MONTESINO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 2.852.008, en contra de la PDVSA PETROLEO S.A. (PETROSUCRE), inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 16 de noviembre de 1978, bajo el N° 26, Tomo 127-A Sdo, cuya última modificación quedo asentada en fecha 16 de marzo de 2007 bajo el N° 57, Tomo 49-A-Sdo. TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley O.....