este JUZGADO DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JOSE ESCALONA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 1.398.541, en contra de la UNIVERSIDAD SANTA MARIA constituida por Decreto N° 39 de fecha 12 de octubre de 1953, publicada en la Gaceta Oficial N° 24.264 de la República de Venezuela y solidariamente a la SOCIEDAD CIVIL UNIVERSIDAD SANTA MARIA, inscrita por ante la Oficina Subalterna de Registro del Primer Circuito de Registro del Departamento Libertador del Distrito Federal de fecha 24 de febrero de 1957 bajo el N° 8, folio 19, vto. 27, Tomo N° XV. Protocolo Primero. En consecuencia, se ordena a la parte demandada a pagar a la accionante las cantidades y conceptos que serán discriminados e.....