DISPOSITIVA
Por las razones expuestas este JUZGADO DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: el DESISTIMIENTO DE LA ACCION, en la demanda incoada por el ciudadano JESUS FIGUERA GARCIA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.442.356, en contra de COMPAÑÍA NACIONAL ANONIMA DE SEGUROS LA PREVISORA, inscrita por ante el Registro de Comercio que llevaba el entonces Juzgado de Comercio de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal el día 23 de marzo de 1914, bajo el Nro. 296.
No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.