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En cuanto a la Exhibición de Documentos promovida en el Capítulo II del escrito de promoción de pruebas, de los Libros de Contabilidad de la empresa AGROFINCA CASA DE BOLSA DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS, C.A., en especial los períodos comprendidos desde febrero 2010 hasta agosto 2011 y de la Declaración de Impuestos Sobre la Renta correspondientes a los cierres de ejercicios 2010 y 2011, se observa que la parte promovente no suministró con exactitud los datos del contenido de las documentales, lo cual constituye una carga para que el medio probatorio surta plenos efectos en la demostración de los hechos que se pretenden probar, en caso de la no exhibición (ya que se observa que tampoco fue aportada una copia fotostática). Aunado a lo anterior, observamos que no señala la parte promovente de manera precisa y exacta a cual Libro de Contabilidad de la empresa (de los libros de carácter obligatorio que debe llevar toda sociedad mercantil) se refiere en la promoción del medio probatorio. .....