(...) DECLARA: CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana MACARLU JOSEFINA FREY JACOTTE, en contra de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA VIVIENDA Y EL HABITAT, partes antes identificadas y en consecuencia, PRIMERO: se declara injustificado el despido, SEGUNDO: se ordena a la demandada al reenganche de la ciudadana MACARLU JOSEFINA FREY JACOTTE, a su puesto de trabajo en las mismas e idénticas condiciones para el momento de su ilegal despido, TERCERO: se ordena el pago de los salarios caídos que serán calculados desde la fecha de la notificación de la parte demandada, hasta la fecha en que se haga efectivo el reenganche del trabajador a su puesto de trabajo, a razón de un salario mensual de DOS MILLONES SETENTA MIL BOLIVARES 00/100 CENTIMOS, (Bs. 2.070.000,00), debiéndose excluir de dicho computo los periodos de receso judicial decretados por la Dirección Ejecutiva de la Magistratura.
No hay condenatoria en costas en atenció.....