(...) DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana NORELI MANRIQUE CASTILLO, en contra de la COMPAÑIA ANONIMA VENEZOLANA DE TELEVISION (C.A.V.T.V), partes antes identificadas, por motivo de Cobro de prestaciones Sociales, en consecuencia se declaran procedentes los conceptos de Prestación de Antigüedad, Vacaciones Fraccionadas, Bono Vacacional Fraccionado, Utilidades Fraccionas, Indemnización por Despido, se ordena realizar una experticia complementaria del fallo a los fines que un único experto cuantifique los intereses de mora e indexación sobre los conceptos declarados mediante experticia complementaria del fallo a cargo un experto en los terminaos que se ha dejado establecido en la motiva del presente fallo.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Se ordena notificar junto con copia de la presente decisión a la Procuraduría General de la Republica de conformidad con el artículo 95 de la Ley Orgánica de la Procuraduría.....