(...) DECLARA: LA CONSUMACIÓN DE LA PERENCIÓN y en consecuencia, LA EXTINCIÓN DEL PROCEDIMIENTO, en la demanda intentada los ciudadanos MANUEL CRISTOBAL URBINA PONCE y LOIDA OJEDA ALBILLAR, abogados en ejercicio inscritos en el IPSA bajo el Nº 57.326 y 70.355., por motivo de ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES en contra de las sociedades mercantiles DIEGO DE LOSADA ¿CLINICA LUÍS RAZETTI, C.A, Inscrita por el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado de Primera Instancia en Mercantil del Distrito Federal, de fecha 7 de octubre de 1930, bajo el N° 639, modificada sus estatutos según inscripción en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital (antes Distrito Federal) y Estado Miranda, en fecha 8 de noviembre de 1993, bajo el N° 19, Tomo 13-A, DIAGNOSTICO COMPUTARIZADO LADERA C.A, Sociedad Mercantil inscrita en el Registro Mercantil I de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital (antes Distrito Federal) y Estado Miranda, en fecha dos (.....