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Decisiones del dia 08/08/2007

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Décimo Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : AH24-X-2003-00011 N° Sentencia : Fecha: 08/08/2007
Procedimiento:
Estimación E Intimación De Honorarios Profesionale
Partes:
MANUEL CRISTOBAL URBINA PONCE Y LOIDA OJEDA ALBILLAR VS. DIEGO DE LOSADA ¿CLINICA LUÍS RAZETTI, C.A.
Resumen:
(...) DECLARA: LA CONSUMACIÓN DE LA PERENCIÓN y en consecuencia, LA EXTINCIÓN DEL PROCEDIMIENTO, en la demanda intentada los ciudadanos MANUEL CRISTOBAL URBINA PONCE y LOIDA OJEDA ALBILLAR, abogados en ejercicio inscritos en el IPSA bajo el Nº 57.326 y 70.355., por motivo de ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES en contra de las sociedades mercantiles DIEGO DE LOSADA ¿CLINICA LUÍS RAZETTI, C.A, Inscrita por el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado de Primera Instancia en Mercantil del Distrito Federal, de fecha 7 de octubre de 1930, bajo el N° 639, modificada sus estatutos según inscripción en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital (antes Distrito Federal) y Estado Miranda, en fecha 8 de noviembre de 1993, bajo el N° 19, Tomo 13-A, DIAGNOSTICO COMPUTARIZADO LADERA C.A, Sociedad Mercantil inscrita en el Registro Mercantil I de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital (antes Distrito Federal) y Estado Miranda, en fecha dos (.....
Juez/Ponente:
Herbert Castillo
Organo:
Tribunal Décimo Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
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N° Expediente : AP21-L-2004-004515 N° Sentencia : Fecha: 08/08/2007
Procedimiento:
Cobro De Diferencia De Prestaciones Sociales
Partes:
GLADYS MARIA MELO SOLORZANO VS. INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA (INAVI)
Resumen:
(...) DECLARA: SIN LUGAR la demanda que por motivo por motivo de Cobro De Diferencias De Prestaciones Sociales incoara la ciudadana GLADYS MARIA MELO SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.886.441, en contra del INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA (INAVI), antes Banco Obrero, Instituto Oficial Autónomo, domiciliado en Caracas, creado por Decreto Ley N° 908, de fecha trece (13) de mayo de 1975, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 1.746 Extraordinario, de fecha veintitrés (23) de mayo de 1975. No hay condenatoria en costas de conformidad con lo dispuesto en la norma del artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Por aplicación analógica de acuerdo a lo dispuesto en la norma del artículo 11 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia. Se ordena la publicación de la.....
Juez/Ponente:
Herbert Castillo
Organo:
Tribunal Décimo Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
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N° Expediente : AP21-S-2006-003520 N° Sentencia : Fecha: 08/08/2007
Procedimiento:
Estabilidad Laboral
Partes:
FRANCISCO JOSÉ MALDONADO PEREZ VS. UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA (UCV)
Resumen:
(...) DECLARA: CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano FRANCISCO JOSÉ MALDONADO PEREZ, en contra de la UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA, partes antes identificadas por motivo de Estabilidad Laboral Reenganche y Pago de Salarios Caídos y en consecuencia, PRIMERO: se declara injustificado el despido, SEGUNDO: se ordena a la demandada al reenganche del ciudadano FRANCISCO JOSÉ MALDONADO PEREZ, a su puesto de trabajo en las mismas condiciones para el momento de su ilegal despido, TERCERO: se ordena el pago de los salarios caídos que serán calculados desde la fecha de la notificación de la parte demandada, es decir el día once (11) de enero de 2007, hasta la fecha en que se haga efectivo el reenganche del trabajador a su puesto de trabajo, a razón de un salario mensual de UN MILLON CUATROCIENTOS SESENTA Y UN MIL BOLIVARES 00/100 CENTIMOS, (Bs. 1.461.000,00), debiéndose excluir de dicho computo los periodos de receso judicial decretados por la Dirección Ejecutiva de la Magistratura. .....
Juez/Ponente:
Herbert Castillo
Organo:
Tribunal Décimo Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
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