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En cuanto a la prueba de Informes ofrecida en el capitulo segundo con la finalidad de requerir información a la Inspectoría del Trabajo del Este del Área Metropolitana de Caracas, al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales con sede en la Victoria, a la empresa PROAGRO en Tejerías, a la Clínica Achaguas en la Victoria, el Tribunal observa que vista la forma en se promueve los particulares de la prueba, se desnaturaliza su esencia como prueba de datos, mezclándola con un interrogatorio a distancia y en consecuencia la hace investigativa, sin indicar datos concretos respecto de su contenido lo que hace la prueba vaga e imprecisa, esto se traduce en que los requeridos realicen una búsqueda un sondeo en sus archivos y documentos desfigurándose la prueba en un interrogatorio a distancia al no solicitar el traslado de datos concretos.-
La prueba en la forma que está promovida resulta vaga inespecífica al no.....