(...) DECLARA: IMPROCEDENTE, la medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo solicitada por los abogados ESTEBAN PALACIOS LOZADA, MARIA GENOVEVA PÁEZ PUMAR y DAILYNG AYESTARÁN, inscritos en el IPSA bajo el N° 53.899, 85.558 y129.814, en su carácter de apoderado judiciales de la Entidad de Trabajo MUDANZAS INTERNACIONALES GLOBAL, C.A, inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto del Distrito Capital (antes Registro Mercantil Segundo del Distrito Capital y estado Miranda ) en fecha 27 de julio de 1988, quedando anotada bajo el N° 42, Tomo 37-A, ejerció acción de nulidad en contra de la providencia administrativa contenida en el expediente N° 027-2012-01-02074 de fecha diecisiete (17) de mayo de 2012, tramitada por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, con ocasión al procedimiento de Reenganche y Restitución de Derechos que incoara el ciudadano HECTOR VOLCAN, en contra de la Entidad de Trabajo DIEGO RODRÍGUEZ MOYA Y/O MUDANZAS INTERNA.....