(...) DECLARA: LA CONSUMACIÓN DE LA PERENCIÓN y en consecuencia, LA EXTINCIÓN DEL PROCEDIMIENTO, en la demanda intentada por el ciudadano TOMÁS EDUARDO ALVAREZ VICTORIA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V- 6.921.434, que por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoara en contra de la empresa TECNOLOGÍA DE EQUIPOS A PRUEBA DE EXPLOSIVOS TEX, C.A., Sociedad Mercantil inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha veintiuno (21) de febrero de 1994, bajo el N° 59, Tomo 31-A-Pro.
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo.
El ciudadano TOMÁS EDUARDO ALVAREZ VICTORIA podrá acudir a la jurisdicción a objeto de reclamar las cantidades que él considera se le adeudan por concepto de Prestaciones Sociales, una vez transcurridos noventa (90) días, de conformidad con el artículo 204 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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