(...) DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano SAULO JESÚS CARMONA VALERA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 13.515.019, en contra de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano de la JUNTA LIQUIDADORA DEL INSTITUTO NACIONAL DEL MENOR, Organismo Oficial Autónomo domiciliado en Caracas, creado por Decreto del siete (07) de agosto de 1936, el cual se rige actualmente por el Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley de Supresión del Instituto Nacional del Menor, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.795, de fecha veintitrés (23) de octubre de 2007, por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales, en consecuencia, se ordena a la demandada al pago de los conceptos que se expusieron en la parte motiva de la presente decisión. Se ordena realizar una experticia complementaria del fallo a cargo de un experto a los fines de cuantificar y determinar económi.....