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En cuanto a la prueba de experticia contable capitulo III, a los fines de verificar el pago de LOS pagos y abonos hechos al trabajador realizados por la demandada, considera este Tribunal que la misma comportaría una revisión a los libros de contabilidad de la demandada que hace ilegal su promoción (...)
Asimismo observa el Tribunal que el medio probatorio se constituye en ilegal, a tenor de lo establecido en la norma del artículo 41 del Código de Comercio. (...)
Consecuente con lo expuesto es forzoso para este sentenciador declarar inadmisible el medio propuesto ASI SE DECIDE. (...)