Este JUZGADO DÉCIMO QUINTO (15°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE
CARACAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO POR DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoada por el ciudadano JOSE HERRERA AGUILERA, titular de la cédula de identidad N° V-20.094.732, contra la entidad de trabajo BZS CONSTRUCCION, S.A. SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas. TERCERO: Notificar a la Procuraduría General de la República de la presente decisión.