(...) DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por la ciudadana LAURA SELVAGGIO MORALES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 6.891.299, en contra de la empresa MERCANTIL GOMEZ, C.A., sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha veintiocho (28) de julio de 2003, bajo el N° 28, Tomo 101-A SDO., por motivo de COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, en consecuencia, se ordena a la demandada al pago de los conceptos que se expusieron en la parte motiva de la presente decisión. Se ordena realizar una experticia complementaria del fallo a cargo de un experto, a los fines de cuantificar y determinar económicamente la condena según las especificaciones contenidas ut supra.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Por aplicación analógica de acuerdo a lo dispuesto en la norma del artículo 11 de Ley Orgánica Procesal .....