(...)
En lo atinente a las Documentales consignadas como anexos del escrito de promoción de pruebas e insertas en los folios cincuenta y siete (57) al ciento siete (107) (ambos folios inclusive) del expediente, el Tribunal las admite en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación o no en la sentencia definitiva. En consecuencia, procédase a su control, contradicción y evacuación en la Audiencia de Juicio correspondiente. ASÍ SE ESTABLECE. (...)