(...) DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda intentada por la ciudadana ENEIDA JOSEFINA DÍAZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 3.727.922, en contra del INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I.V.S.S.), creado por Ley del Seguro Social Obligatorio, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria de los Estados Unidos de Venezuela, el veinticuatro (24) de julio de 1940, adoptada su actual denominación según Decreto número 239, publicado en la Gaceta de los Estados Unidos de Venezuela número 21.978, el seis (06) de abril de 1946, Instituto Autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente del de la Nación, por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, en consecuencia, se ordena a la demandada a la cancelación de los conceptos que se especificaron con detalle en la parte motiva de la presente decisión. Se ordena realizar una experticia complementaria del fallo a los fines de cuantificar todos los concept.....