Primero: Hace llamado de atención a la querellante por su estilo gramatical utilizado en sus escritos presentados a lo largo del proceso, que podrían atentar contra el patrimonio moral del ente gremial de los abogados y contra la dignidad como persona y como autoridad del Poder Judicial, de la ciudadana Juez Neguyen Oma Torres López, conminándole a mantener el respeto mutuo para con los demás colegas, superiores, iguales y subalternos de ser el caso; tal como quedara expuesto en el Punto Previo I del presente fallo.
Segundo: Declara extemporánea (fuera de lapso) la impugnación de documento realizada por la querellante en fecha 7 de enero del 2008, y consecuencialmente, anula la nota de Secretaría suscrita en fecha 29 de enero de 2008, por el Secretario de este Tribunal, conforme a lo explanado en el Punto Previo II de esta decisión.
Tercero: Declara sin lugar la oposición de la querellante en el acto de exhibición de documento, conforme a lo explanado en el Punto Previo III supra m.....