Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: El decaimiento de la medida cautelar de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con recurso de nulidad, por el ciudadano Rodolfo Castillo González, titular de la cédula de identidad N° 7.945.483, asistido por los abogados Roberto Ackerman, Gustavo Briceño Viva, Jesús Marlotto Ortiz y Joaquín David Bracho Dos Santos, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 14.600, 13.658, 63.260 y 77.795, respectivamente, contra el acto administrativo N° JL/38, de fecha 27 de diciembre del año 2001, suscrito por el ciudadano Ramón Burgos, en su carácter de Presidente de la Junta Liquidadora de la Corporación de Turismo de Venezuela (CORPOTURISMO), así como contra la conducta omisiva del Instituto Autónomo Fondo Nacional de P.....