Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. PARCIALMENTE CON LUGAR el presente recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por los abogados Ricardo Arturo Navarro Urbaez, Salvador Antonio Luque Godoy, y Enrique José Chacón Breto, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana MARÍA DE LOURDES GARRIDO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-6.375.205, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS.
2. Se ORDENA al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS realizar el recalculo de las prestaciones sociales de la ciudadana MARÍA DE LOURDES GARRIDO RODRÍGUEZ en el cual incluya en el salario normal el Bono de Productividad, y previa deducción de lo ya cancelado le CANCELE las diferencias arrojadas.
3. Se ORDENA al .....