En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital con Sede en Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara inadmisible el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial (Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos), interpuesto en fecha 06 de noviembre de 2007, por la ciudadana Xiomara Antonia Alonzo Corredor, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.224.170, asistida por el abogado Abel Enrique Ochoa Zambrano, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.118.869, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 45.835, contra Alcaldía del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda. Y así se decide.