Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Noveno Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara;
1.- SU COMPETENCIA para conocer y decidir la demanda de contenido patrimonial interpuesta por la abogada Yessika Maribao Gutiérrez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 99.564 en su condición de apoderada judicial de los ciudadanos AURA SCARAMELLI ASCARI, ELSA REYES MANZO y ANTONIO PEREZ MORALES, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.700.635, V-3.574.535 y V-343.195 respectivamente, contra el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (IVSS).
2.- EXTINGUIDA LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL en la presente demanda de contenido patrimonial, de conformidad con lo establecido en la motiva del fallo.
3.- INOFICIOSO la notificación a las partes, conforme lo establecido en la parte motiva de este fallo.