IV
DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- NO ACEPTA LA COMPETENCIA que le fuere declinada por Tribunal Duodécimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
2. INCOMPETENTE para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por el profesional del derecho Héctor José Galárraga Giménez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.519, en su carácter de apoderado judicial de la UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR, Instituto de Educación Superior, creado por Decreto Nº 878, de data 18 de julio de 1967, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 28.387 de fecha 22 de julio de 1967, modificado por Decreto Nº 94, de fecha 09 de julio de 1969, publicado en Gaceta Oficial de.....