III
DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- TEMPESTIVA la solicitud de aclaratoria formulada, en fecha 02 de marzo de 2011, por la abogada NEIDA GONZÁLEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 76.962, parte actora en la presente causa, actuando en propio nombre y representación, solicitó aclaratoria de la decisión Nro. 2011-051, dictada por este Tribunal en fecha 01 de marzo de 2011, mediante la cual se admitió el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto y se declaró improcedente la acción de amparo constitucional que ejerciera de manera conjunta, contra la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LA FUERZA ARMADA (UNEFA).
2. PROCEDENTE en los términos expuestos en la motiva del presente fallo, la solicitud de aclaratoria la sentencia Nro.....