Primero: Declara Sin Lugar el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial (Destitución) interpuesto por el ciudadano Héctor Maldonado, debidamente asistido ab initio por la abogada Laura Capecchi Doubain, quien posteriormente actuara como su apoderada judicial, ut supra identificados, contra el Instituto Autónomo Policía Municipal de Chacao adscrito a la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Bolivariano de Miranda, con fundamento en las razones expuestas en la motiva del presente fallo.
Segundo: Por cuanto la presente decisión se dicta dentro del lapso legal resulta inoficioso practicar la notificación de las partes. Asimismo, y en acatamiento a lo establecido en el artículo 155 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, se ordena practicar la notificación del ciudadano Síndico Procurador del Municipio Chacao, remitiéndole copia certificada del presente fallo, bajo Oficio.