Primero: Declara su competencia para sustanciar y pronunciarse en relación con el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto conjuntamente con Amparo Constitucional (Cautelar) por los abogados Ligia Aranguren Rincón y Raúl Daniel Quiñónez Fernández, actuando en su carácter de coapoderados judiciales de las sociedades de comercio "BAR RESTAURANT IL MULINACCIO, C.A." y "REPRESENTACIONES IL MULINACCIO, C.A.", ut supra identificados, contra la Providencia Administrativa N° 146- 08, de fecha veinticinco (25) de febrero de 2008, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Distrito Capital Municipio Libertador, Sede Norte, que resolvió declarar con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por los ciudadanos Pedro Ochoa Bautista, Theodat Jean Carter, José Gregorio Gelvis, Louisel García Leveille, Nelson Segundo Mendoza, Hugo Lino Dugarte Herrera, Yan Manuel Uzcátegui Quintero, Julio César Castillo y Ernesto J. Páez, ut supra identificados.
Segundo: Adm.....