Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
-UNICO: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada de suspensión de efectos solicitada por la parte recurrente contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° 2831 dictada en fecha 26 de septiembre de 2018.