Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital con Sede en Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
Primero: Admitir el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial conjuntamente con Acción de Amparo Cautelar, interpuesto por el ciudadano Raúl Felipe Urreta Ledezma, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.951.850, asistido por el abogado Manuel de Jesús Domínguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 41.605, contra el Instituto Autónomo de Seguridad Ciudadana y Transporte (INSETRA) dejando a salvo, la posibilidad de revisar si, sobrevenidamente, se configura alguno de los supuestos de inadmisibilidad a tenor de lo previsto en el quinto aparte del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Segundo: Declarar Improcedente el amparo cautelar solicitado p.....