Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- INADMISIBLE POR CADUCO el presente recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por el ciudadano JOSÉ REVOLLO BRACCIONI, asistido por las abogadas Luisa Gioconda Yaselli Pares y Laura Capecchi Doubaín, contra el BANCO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DE VENEZUELA (BANDES).