Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
- IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada de suspensión de efectos solicitada por la parte querellante contra el "Acto administrativo de Remoción de fecha 06 de marzo 2017" y publicado en el Diario "El Universal" en fecha 28 de marzo de 2017, en el cual se resolvió su remoción del cargo de Operador de Seguridad que venía desempañando en el ente querellado. Así se decide.