DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. SU COMPETENCIA para conocer de la querella interpuesta por el abogado Jesús Aníbal González Ojeda, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 71.959, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano ALBERTO ASCANIO MACHILLANDA, titular de la cédula de identidad Nº V-3.890.117, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA.
2. PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta y, en consecuencia:
2.1. IMPROCEDENTE la nulidad de la Resolución Nº 135, fecha 11 de diciembre de 2006, dictada por la ciudadana María Rafaela Suárez Hernández, en su carácter de Directora General de Recursos Humanos (E), actuando en ejercicio de las atribucion.....