DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1.- INCOMPETENTE para conocer del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar, ejercido por el abogado RAMÓN ALÍ SILVERA UZCÁTEGUI, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 46.283, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano OSCAR ANTONIO ROJAS HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° 3.217.618, contra el acto administrativo contenido en la resolución N° 01-00-000109 de fecha 22 de mayo de 2007, emanado del ciudadano CLODOSBALDO RUSSIAN UZCÁTEGUI, actuando en su carácter de CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA.
2.- DECLINA la competencia ante la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de lo establecido en el numeral 31 del artículo .....