IV
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
1. COMPETENTE, para conocer de la presente demanda.
2. ADMITE la presente demanda de contenido patrimonial en cuanto ha lugar en derecho. Cítese a la sociedad mercantil 4MEDIAMULTITASKING VENEZUELA, C.A., en la persona de su representante legal ciudadana MARÍA ELISA ALVAREZ BAPTISTA, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.182.11, o a sus apoderados judiciales.
3. Se FIJA la Audiencia Preliminar, para el décimo (10º) día de despacho siguiente, las diez antes meridiem (10:00 a.m.), una vez conste en autos la última de las notificaciones y citaciones ordenadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
4 Se ORDENA certificar por secretaría, los fotostatos corres.....