DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
1.- IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° 0581-2008, de fecha 31 de octubre de 2008, emanada de la Inspectoría del Trabajo "Pedro Ortega Díaz", Sede Sur Caracas.