DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- COMPETENTE para conocer del presente amparo constitucional ejercido por el abogado Alexnellys Ortiz, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 93.638, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JORGE ANTONIO DÍAZ, titular de la cédula de identidad Nº 14.679.195, contra la empresa VIVIENDA DE SALAMANCA, C.A..
2.- ADMISIBLE el presente amparo autónomo. En consecuencia, se ordena:
2.1. Citar a la empresa VIVIENDA DE SALAMANCA, C.A., en su carácter de presunta agraviante; notificar al ciudadano JORGE ANTONIO DÍAZ, en su carácter de presunto agraviado; y notificar al Ministerio Público; para que concurran al Tribunal a conocer el día y hora en que se celebrará la audiencia oral, la cual tendrá lugar, tan.....