VI
DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara
1.- PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta, por las abogadas Lisset Puga Madrid y Fanny Elizabeth Salas Barreto, en su carácter de apoderadas judiciales de la ciudadana DISMARY MARÍA RINCÓN CHACÓN, contra el INSTITUTO AUTÓNOMO DE SEGURIDAD CIUDADANA Y TRANSPORTE (INSETRA), ya identificadas, por cobro de indemnizaciones por accidente de trabajo y enfermedad ocupacional, daños y perjuicios y daño moral, y en consecuencia se declara:
1.1.- IMPROCEDENTE las indemnización derivada con ocasión a la ocurrencia del accidente de trabajo, equivalente a tres (3) años, contados por días continuos, a razón de un salario integral diario de 47,91, por la cantidad de sesenta y nueve mil setecientos noventa y siete bolívares con setenta y nueve céntimos (Bs. 69.797,79), de c.....