DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SU COMPETENCIA para conocer de la presente querella funcionarial ejercido por el abogado Luís Enrique Romero, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 33.374, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana, CARMEN ESTHER OLIVO DE MACHADO, titular de la cédula de identidad N° V- 2.750.539, interpusieron recurso contencioso administrativo funcionarial contra el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I.V.S.S.).
2.- INADMISIBLE POR CADUCA la querella funcionarial interpuesta, conforme a lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley de Carrera Administrativa.