DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SU COMPETENCIA, para conocer de la Querella Funcionarial interpuesta conjuntamente con acción de amparo cautelar, por el ciudadano RICARDO KARIM KHLIEFAT ARAQUE, titular de la cédula de identidad Nº 6.502.504, asistido por el Abogado Francisco Lépore Girón, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 39.093, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS FINANZAS a través del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT).
2.- ADMISIBLE la referida querella funcionarial conjuntamente con acción de amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos.
3.- PROCEDENTE la acción de Amparo Constitucional por violación del derecho a la estabilidad en el trab.....