III
DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN en la demanda interpuesta por la abogada Mirna Rodríguez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 59.816, actuando en nombre y representación de la FUNDACIÓN DE EDIFICACIONES Y DOTACIONES EDUCATIVAS (FEDE), contra la sociedad mercantil ZUMA SEGUROS, C.A., en los términos expuestos en la parte motiva del presente fallo.
Publíquese, regístrese y notifíquese al Procurador General de la República, de conformidad con el artículo 86 de la Ley de la Procuraduría General de la República. Déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital con sede en Caracas, a
los quince (15) días del me.....