V
DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- COMPETENTE para conocer el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto conjuntamente con medida cautelar por ciudadana DHAYANA GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 14.532.352, debidamente asistida por la abogada Marina Suárez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 69.254, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE.
2.- PROCEDENTE la medida cautelar solicitada.
2.1.- SE ORDENA a la parte demandada reincorporar, de manera cautelar, a su sitio habitual de trabajo, en las misma condiciones que se encontraba en fecha 02 de junio de 2010.