En merito de lo anterior, este Tribunal Superior Decimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara LA PERDIDA DEL INTERES PROCESAL Y EN CONSECUENCIA EL ABANDONO DEL TRAMITE, en el presente recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por el ciudadano OLEARY PASTRAN PARRA, titular de la cédula de identidad Nº 645.959, antes identificado, debidamente asistido por el abogado GONZALO ESCOBAR CABALLOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°11.802, contra el CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO SUCRE DEL EDO. MIRANDA.
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en Caracas a los dieciocho (18) días del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018). Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.