DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SU COMPETENCIA para conocer de la querella interpuesta el abogado Jonathan G. Guzmán R., actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano RAFAEL ANGEL MARFISI LEZAMA, antes identificados, contra el BANCO CENTRAL DE VENEZUELA;
2.- PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta y, en consecuencia;
2.1.- Procedente la solicitud de pago de viáticos, sólo en lo que respecta a gastos de alojamiento, desde el 20 de noviembre de 2006 hasta el 18 de enero de 2008, conforme a lo dispuesto en el Estatuto de Personal de los Empleados del Banco Central de Venezuela;
2.2.- Improcedente la solicitud de pago de viáticos, en lo que se refiere a gastos de alimentación y transporte;
2.3.- Improcedente la indexación del pago acordado en el nu.....