DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SU INCOMPETENCIA para entrar a conocer y decidir la demanda de nulidad interpuesta por la abogada Vanessa Acosta Friedman, actuando en nombre y representación de la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES MECÁNICAS PIRAZZO C.A, ya identificados, contra la Providencia Administrativa Nº 0667-2010 del 28 de julio de 2011, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "PEDRO ORTEGA DÍAZ", a través del cual se resuelve el procedimiento de reenganche y pago de salarios caídos a favor del ciudadano CARLOS ORTÍZ.
2.- Se DECLINA LA COMPETENCIA en el Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se ordena la remisión del expediente a los órganos jurisdiccionales laborales antes mencionados.
Remítase .....