DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. SU COMPETENCIA para conocer de la querella funcionarial ejercida por el ciudadano ARMENJO RAMÓN BLANCO APONTE, titular de la cédula de identidad Nº V-635.834, debidamente asistido por las abogadas Glenny Márquez Franco y Glenda Fermín Guzmán, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 30.226 y 32.719, respectivamente contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL COMERCIO.
2. CON LUGAR la presente querella funcionarial y, en consecuencia:
2.1. SE ORDENA al Ministerio del Poder Popular para el Comercio, que proceda a otorgarle inmediatamente la jubilación al ciudadano Armenjo Ramón Blanco Aponte, titular de la cédula de identidad Nº V-635.834, conforme a los paráme.....