DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SU COMPETECIA para conocer, en primer grado de jurisdicción, de la presente acción de amparo constitucional ejercida por los ciudadanos ELVIS SALAVARRÍA, DOUGLAS PÉREZ y NUBIA CAPOTE, actuando en su carácter de directivos de la COOPERATIVA CONSORCIO COOPERATIVO DE CARACAS (COOPERCENTRO), asistidos por los abogados ANTONIO PUPPIO VEGAS y MARINO ALVARADO BETANCOURT, antes identificados, contra el FONDO NACIONAL DE DESARROLLO URBANO (FONDUR), por órgano de su JUNTA LIQUIDADORA, en la persona del Presidente de la misma, ciudadano DOUGLAS VÁSQUEZ ORELLANA, por la violación de los derechos constitucionales de petición y de ser oportuna y verazmente informados por la Administración Pública, establecidos en los artículos 51 y 143 de.....