DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SU COMPETENCIA para conocer de la querella interpuesta por la abogada Susana Yaguaracuto, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana ARACELIS CONTRERAS, antes identificadas, contra el MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL, por órgano de la respectiva ALCALDÍA, a los fines de obtener la nulidad del acto administrativo contenido en la Resolución Nº 404 de fecha 27 de abril de 2007, mediante el cual le fue otorgado a la querellante el beneficio de jubilación;
2.- SIN LUGAR la querella interpuesta.
Publíquese y regístrese. Notifíquese a la parte querellante de conformidad con lo establecido en el artículo 111 de la Ley del Estatuto de la Función Pública en concordancia con lo dispuesto en los artículos 22 y 251 del Códig.....