DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por el abogado Rafael Benigno Román Loyo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 101.982, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad civil INSTITUTO CENTRO DOCENTE DE EDUCACIÓN, debidamente inscrita en la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 25 de julio del año 1.990, bajo el Nro. 8, Tomo 1, Protocolo 1º, y la modificación en el Acta de Asamblea registrada en fecha 27 de julio del año 2005, bajo el Nro. 12, Tomo 4, Protocolo 1º; contra la DIRECCIÓN GENERAL DE INQUILINATO del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA INFRAESTRUCTURA hoy MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA OBRAS PÚBLICAS .....