V
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda por vía de hecho interpuesta por el abogado José Humberto Flores Rincón, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 36.209, en su carácter de apoderado judicial de la empresa INVERSIONES AZVATTHA, C.A., sociedad mercantil inscrita ante el Registro mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 25 de mayo de 1993, bajo el Nro. 45, Tomo 84-A Pro., contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO VARGAS.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Décimo en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, con sede en Caracas, a los .....