DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SU COMPETENCIA para conocer de la presente querella funcionarial ejercida por los abogados Oscar Elias Omaña Guerrero, José Israel Correa Montañéz, María Teresa Arriaga Rodríguez, Alfonso Mendez, Zaida Coromoto Muñoz, María Esmeralda Simanca Zambrano, Luis Enrique Romero, Najibe Lucía Paredes, Orlando Rafael Rondón y Dinoira Manuela Aparicio Uzcategui; inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 37.382, 83.574, 47.112, 33.662,107.248, 69.709, 33.374, 37.557, 33.662 y 40.435, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana AURA MARÍA FIGUEROA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 3.559.422, contra el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I.V.S.S.).
2.- INADMISIBLE PO.....